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Adiós a las preventas sin permisos: entra en vigor el Decreto 178 en Nuevo León

Por Redacción YEYAR
Adiós a las preventas sin permisos: entra en vigor el Decreto 178 en Nuevo León

El 16 de marzo de 2026 entró en vigor el Decreto 178, que reforma el Código Civil para el Estado de Nuevo León y reconoce —por primera vez en la entidad— la figura jurídica de la preventa inmobiliaria. La norma, adicionada como los artículos 1720 Bis al 1720 Bis 6, prohíbe ofrecer departamentos en preventa sin licencia de construcción vigente y obliga al desarrollador a depositar al menos el 75 % del costo de obra en un fideicomiso de administración.

## Qué cambia para el comprador

Si el municipio niega la licencia o el proyecto no arranca, el desarrollador tendrá un máximo de 60 días naturales para devolver el dinero más intereses moratorios al inversionista. La reforma también permite al comprador revocar la oferta sin necesidad de declaración judicial cuando se compruebe desvío de recursos o incumplimiento en la liberación de fondos del fideicomiso.

## Quiénes están obligados

El régimen aplica a todo desarrollador que ofrezca preventa de departamentos en condominio en Nuevo León y exige el registro de la oferta ante la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco). La oferta debe estar dirigida formalmente al titular de la licencia y no a intermediarios, una práctica que durante años fue puerta de entrada para fraudes.

## No es retroactiva

El Decreto 178 no aplica a contratos firmados antes del 16 de marzo de 2026: los proyectos en preventa anteriores se rigen por el marco previo. Por eso Canadevi Nuevo León, encabezada por Rodrigo Plancarte, y Caprobi recomendaron revisar caso por caso con asesoría legal independiente antes de comprometer recursos en desarrollos que arrancaron antes de la entrada en vigor.